Reprocha diputada de MC doble discurso del PAN ante resistencia a fortalecer las sanciones a deudores alimentarios.

Al analizar las propuestas impulsadas por Movimiento Ciudadano que buscan establecer medidas para que las personas deudoras alimentarias reciban sanciones, existió un freno por parte de representantes de la Fiscalía General del Estado, del Poder Ejecutivo y de la bancada del PAN.

Entre los argumentos de quienes dijeron no estar en total acuerdo con las modificaciones legales para crear la Ley de Registro de Deudores Alimentarios Morosos, está que hay disposiciones que ya están incluidas en otros ordenamientos. Además, consideraron que no es viable que el padrón de deudores alimentarios pase a ser competencia del Registro Civil porque actualmente lo tiene el Registro Público de la Propiedad.

La diputada de Movimiento Ciudadano, Sandra Pedroza Orozco, lamentó que por un lado digan defender la vida, pero cuando se trata de garantizar los derechos de la niñez pretexten temas como el costo para el Estado que representan las reformas legales.

El argumento de Movimiento Ciudadano para cambiar al Registro Civil el padrón de deudores es que se trata de proteger derechos de la niñez y no solo es un tema patrimonial; además, han advertido que existe un subregistro de personas deudoras alimentarias porque se tienen solo 105 personas, cuando son miles las demandas por pensión que se resuelven en Guanajuato y en las que no hay cumplimiento.

Sandra Pedroza insistió en que las reformas buscan que haya consecuencias para las personas deudoras, porque de lo contrario seguirán con los incumplimientos.

En las propuestas de Movimiento Ciudadano, apoyadas por activistas que impulsan la Ley Sabina en Guanajuato, está el que una persona deudora alimentaria ingrese al registro a los 60 días de que no pague la manutención a sus hijas e hijos. La llamada Ley Sabina surgió como reconocimiento de los derechos que tienen los menores de edad a recibir pensión alimenticia.

Información. Carmen Pizano.

Foto. X Congreso de Gto.

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