Invalida corte excepciones de sanciones por ECOSIG impuestas por legisladores guanajuatenses.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválidos dos apartados del Código Penal de Guanajuato que reducían o excluían sanciones por someter a personas a los llamados esfuerzos para corregir la orientación sexual, identidad o expresión de género (ECOSIG).

La resolución anuló el beneficio que los diputados locales habían aprobado para padres, madres o tutores que obligaran a menores de edad a someterse a estas prácticas, así como la excepción que eliminaba el delito cuando una persona adulta aceptara participar con “conocimiento informado”.

La reforma, avalada por el Congreso local en diciembre pasado, fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante una acción de inconstitucionalidad. Este lunes, la Corte concluyó que tanto la reducción de penas como la exclusión del delito carecían de justificación constitucional.

En la resolución de la acción de inconstitucionalidad 4/2026, elaborada por la ministra María Estela Ríos González, la Corte sostuvo que los ECOSIG son prácticas dirigidas a cuestionar e invalidar a las personas de la comunidad LGBTIQ+, mediante métodos coercitivos y degradantes que vulneran derechos como la igualdad, la no discriminación, la salud, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad.

Las iniciativas originales presentadas por Morena y PVEM no contemplaban las excepciones posteriormente anuladas. Estos supuestos fueron incorporados durante la discusión legislativa a propuesta del PAN.

El dictamen aprobado por el Congreso establece penas de dos a seis años de prisión para quienes obligaran a menores de edad a someterse a ECOSIG. Sin embargo, cuando el responsable fuera el padre, madre o tutor, se eliminaba la pena de cárcel y únicamente se contemplaba una multa de hasta 60 días —aproximadamente 7 mil pesos— además de tratamiento psicoterapéutico integral.

La legislación también planteaba que no habría sanción penal si una persona mayor de edad aceptaba voluntariamente someterse a estas prácticas.

“La ley debe permitir intervenciones terapéuticas que las personas libremente busquen y valoren para entenderse mejor a sí mismas”, señalaba el dictamen aprobado por mayoría en el Pleno del Congreso.

La votación de esta reforma ocurrió el 4 de diciembre pasado, cuando la entonces presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso local, la morenista María Eugenia García Oliveros, acordó con el PAN llevar al Pleno tres temas polémicos: matrimonio igualitario, prohibición de ECOSIG y despenalización del aborto.

Información. Carmen Pizano.

Foto. Periódico Correo.

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