La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este martes la eliminación de normas que atentaban contra los derechos de las personas LGBTQ+.
En la legislación local de Campeche, echó abajo el requisito de presentar credencial de elector para que cualquier persona –incluidos menores de edad– pueda obtener un acta de nacimiento que coincida con la identidad de género con la que se identifican.
Al respecto, el ministro Giovanni Figueroa Mejía dejó claro que obligar a tener INE era una forma disfrazada de excluir a niños, niñas y adolescentes, violando su autonomía progresiva.
El Congreso de Campeche no tomó en consideración que la niñez y la adolescencia pasan por distintas etapas en su vida, en las que van desarrollando progresivamente habilidades, emociones que les permiten tomar gradualmente decisiones más y más importantes, Giovanni Figueroa.
El Congreso de Campeche tiene ahora 12 meses para arreglar su Código Civil y legislar sin atentar contra este sector de su población.
También, la Corte borró del Código Penal de Tamaulipas la expresión “el homosexualismo” que aparecía en el delito de “corrupción de menores”, junto a aspectos como drogas y prostitución.
Para el Pleno, meter la homosexualidad en esa lista era estigmatizarla como algo inmoral y peligroso.
“Se incluye como parte de los delitos que atentan contra la moral”, indicó el ministro presidente de la Corte Hugo Aguilar, al refutar este precepto legal.
Por su parte, Lenia Batres señaló que México es el segundo país de América Latina con más crímenes de odio contra la comunidad, con al menos 739 asesinatos y desapariciones documentadas entre 2014 y 2025.
Información. El Sol del Bajío.

