Fiscalía indaga drones criminales en seis entidades.

La Fiscalía General de la República (FGR) ya está utilizando la nueva tipificación penal que fue creada en 2024 por los legisladores federales, a partir de una iniciativa promovida por el expresidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para sancionar de manera específica el uso de drones por parte de las organizaciones criminales que operan en el país, para perpetrar ataques contra las instituciones de seguridad.

La adopción de los drones, por parte de los grupos delictivos, como nuevas herramientas tecnológicas para diversificar los ataques que lanzan contra las fuerzas de seguridad federales y locales, y contra otras organizaciones criminales rivales, condujo al Gobierno del expresidente, López Obrador, a impulsar la creación de una figura penal que permitiera combatir, de forma específica, esta tendencia que se ha ido intensificando con el paso de los años, según lo han advertido las propias autoridades.

La iniciativa elaborada por el exmandatario fue presentada en el 2023, aunque el proceso legislativo que llevaría a su aprobación concluiría hasta el 2024, por lo que sería finalmente el 7 de junio de dicho año cuando se publicó el decreto resultante, añadiendo, de esta manera, un nuevo “Capítulo III BIS” al Código Penal Federal, titulado “Uso indebido de aeronaves pilotadas a distancia”, con disposiciones como estas:

“Se impondrá pena de prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten, a quien mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia realice las conductas siguientes: 

«I. Arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otras personas o bienes, y II. Impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de causar daño. Cuando la persona o el bien afectado pertenezca o esté destinado a las Fuerzas Armadas o de seguridad pública, la pena establecida se aumentará hasta en una mitad”, detalla el Artículo 163 Bis del Código Penal Federal.

Sin embargo, en la iniciativa presidencial se advertía que los grupos delictivos estaban utilizando los drones no solo para perpetrar ataques desde el aire contra instituciones de seguridad y organizaciones criminales rivales, sino también para transportar narcóticos e, inclusive, para desplegar labores de espionaje y vigilancia sobre las fuerzas del orden, conocidas coloquialmente como “halconeo”; justo por ello, la reforma contempló artículos que hacen referencia explícita a este tipo de aprovechamientos ilícitos de estos artefactos, como estos:

“Se impondrá pena de prisión de cinco a 10 años a quien importe, manufacture, arme, adquiera o adapte aeronaves pilotadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos, artefactos explosivos improvisados, armas, narcóticos, drogas sintéticas o demás materiales regulados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”, señala el Artículo 163 Ter del Código Penal Federal.

Mientras que el Artículo 163 Quáter sostiene que “quien utilice aeronaves pilotadas a distancia equipadas con dispositivos que permitan fotografiar o realizar grabaciones de audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos, para vigilar actividades de personas servidoras públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra, se le impondrá una pena de prisión de tres a 10 años”, así como el decomiso de los aparatos, equipos y objetos productos del delito, y una multa de 50 a 400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

CDMX, Jalisco y Edomex entre las entidades donde se investigan drones ilícitos

Consultada mediante los mecanismos de transparencia, la Fiscalía General de la República confirmó que ya tiene carpetas de investigación en curso que persiguen presuntos hechos delictivos bajo esta nueva tipificación penal, y aunque son aún menos de una decena, los registros que proporcionó el organismo muestran que estas actividades ilícitas con drones se están indagando en seis entidades federativas del país:

“Se localizó el registro de ocho carpetas de investigación iniciadas en el periodo de diciembre 2018 a junio 2025, por hechos que la ley considera como delitos relacionados con uso indebido de aeronaves pilotadas a distancia previstos en el Capítulo III Bis del Código Penal Federal, desglosado por entidad federativa y año (se muestran solo años en donde se obtuvo registros) (Folio 450024600021825)”, señala el documento proporcionado por la FGR.

Las seis entidades federativas donde ya se tiene registro de este tipo de actividades ilícitas y, por lo tanto, del aprovechamiento de drones con fines criminales, de acuerdo con esta reforma en materia penal, son Chiapas, con dos carpetas de investigación; Ciudad de México, también con dos casos; mientras que Colima, Jalisco, Estado de México y Zacatecas, aparecen con solamente un expediente de esta naturaleza.

Infografía: https://e.infogram.com/13508736-55c7-44b8-842f-05e320f422cf?src=embed&embed_type=responsive_iframe

Drones de grupos criminales ponen en peligro a los mexicanos

La población civil también ha sido víctima de los explosivos que los grupos criminales arrojan utilizando drones; así lo destaca la Comisión de Defensa Nacional, de la Cámara de Diputados, en el documento donde emite su “opinión en sentido positivo” sobre la reforma que tipificaría finalmente estas conductas delictivas en el Código Penal Federal, aludiendo a los antecedentes que tiene identificados el Gobierno de México y que se plasmaron en la iniciativa presidencial que impulsó el exmandatario, López Obrador, justamente con el objetivo de evidenciar con hechos corroborados la necesidad de aprobar estos cambios legislativos:

“El 10 de enero de 2022, presuntos integrantes del Cártel Jalisco Nueva Generación arrojaron explosivos usando drones sobre las comunidades El Bejuco y la Romera, pertenecientes al municipio de Tepalcatepec, como una campaña de intimidación en contra de personas campesinas y agricultoras, a quienes intentaban desplazar para ocupar los territorios estratégicos en Tierra Caliente”, se lee en el Capítulo III Bis. “Uso indebido de aeronaves pilotadas a distancia» del Código Penal Federal.

Información. Reporte Índigo.

Deja un comentario