Si Eres Este Tipo De Trabajador, Te Toca Aguinaldo, Según La Ley.

En esta época, es común que el grueso de los trabajadores reciba el aguinaldo…pero ¿sabes si te toca o no este ‘dinerito extra’?

La Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

El pago de aguinaldo corresponde a:

Todos los trabajadores de base

  • De confianza.
  • De planta.
  • Sindicalizados.
  • Por obra o tiempo determinado.
  • Eventuales.
  • Comisionistas.
  • Agentes de comercio o de seguro.
  • Vendedores.

Información. Forbes.

Deja un comentario